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Cómo registrar automáticamente un blog en Safe Creative

Hace tiempo hablamos en Literautas de la importancia que tiene crear un blog para darse a conocer como escritor.

SafeCreative

Hoy, a petición de los usuarios, vamos a explicar cómo registrar automáticamente un blog en la plataforma Safe Creative, para que todas vuestras publicaciones estén protegidas desde el momento en que las publicáis, sin tener que registrarlas manualmente una a una.

Primer paso: RSS

Para poder registrar de forma automática el blog en Safe Creative, necesitáis tener un archivo RSS. os será útil también para otras cosas, como listas de correos o suscriptores. Yo, por ejemplo, me guardo los blogs que sigo en un lector de RSS y así estoy al tanto de cualquier actualización sin tener que recibirlo por correo. Mucho más cómodo.

Si no sabes lo que es un archivo RSS o no tienes ni idea de cómo crearlo, no te preocupes, es más sencillo de lo que parece. Algunos editores de blogs, como Blogger, ya lo incluyen por defecto: Cómo saber la dirección de tu Archivo RSS en Blogger.

Si no tienes RSS y quieres poner uno, en el siguiente enlace encontrarás toda la información necesaria sobre qué es un Feed RSS y cómo crearlo a través de Feedburner: Cómo configurar Feed RSS de tu blog

Segundo paso: Safe Creative

Lo siguiente que tienes que hacer es crear tu cuenta de Safe Creative. En esta plataforma se pueden crear cuentas gratuitas o de pago. La gratuita permite un registro de hasta 10 obras al mes. Es decir, que si publicáis más de 10 entradas al mes en vuestro blog, necesitaréis una cuenta de pago si queréis registrarlas todas. Pero si no llegáis a ese cupo, no hay problema. Os basta con una cuenta básica.

Tercer paso: registrar el RSS

A continuación, vamos a registrar en Safe Creative el feed o archivo RSS. Para ello, necesitas la dirección URL del RSS (Para que veas un ejemplo, la de Literautas es la siguiente: http://feeds.feedburner.com/literautas).

Cuando la tengas, ve a Safe Creative, entra en tu cuenta con tu usuario y tu contraseña y, una vez allí, pulsa en la pestaña “Servicios”. Dentro de servicios, pulsa “Registros automatizados”. Luego, pulsa “Añadir un feed de obras”:

registro-automatico-safe-creative

Cuando pulses “Añadir un feed de obras”, aparecerá una ventanita de registro que te asistirá paso a paso en el proceso. Primero te pedirá que introduzcas la dirección del feed o archivo RSS:

registro2

Al darle a continuar, el asistente pedirá más datos, como si queréis registrar solo texto, texto e imágenes, etc. Rellena lo que te pregunte según las características de tu blog y dale a continuar.

Cuarto paso: validar el feed

Una vez hayas cubierto todos los pasos del asistente, aparecerá una ventana como la que se muestra en la siguiente imagen:

registro-3

El código numérico que se ve rodeado en la imagen es importante. Tienes que copiarlo y pegarlo en algún lugar de tu blog, como, por ejemplo, en el pie o en el lateral. Solo hace falta que lo coloques durante unas 24 horas, que es lo máximo que tardan en validarlo. Luego puedes borrarlo.

¡IMPORTANTE! fíjate en la nota que incluyen este mensaje al final: Una vez que tu página incluya este código, debes entrar de nuevo en tu cuenta en Safe Creative, ir a “Servicios”, ver la lista de Feeds registrados y pulsar en el registro de tu blog, donde pone “Validar ahora” (como se ve en la siguiente imagen). Esto iniciará el proceso de validación de tu feed. La validación no es inmediata y puede tardar hasta 24 horas. Una vez que se valide el feed, aparecerá en la lista como “Activo” y el contenido publicado en el feed comenzará a ser registrado. Entonces será cuando puedas borrar el código de tu web.

estado de validacion

Por último, el código html y la imagen que aparecen en el medio de este mensaje final del registro, son para que puedas incluirlos en algún lugar de tu blog a modo de información para que todos los lectores sepan que tu sitio está registrado en safe creative bajo ese código. Nosotros, por ejemplo, lo hemos colocado como un enlace de texto en el pie de esta página.

Y ya está. Blog registrado. A partir de entonces, todo lo que publiques se registrará automáticamente, sin que tengas que hacer nada más.

¿Qué os ha parecido? ¿Probaréis a registrar vuestros blogs? ¿O ya los tenéis registrados?


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37 comentarios

  1. 1. Claudio dice:

    Hola! Hace mucho no me pasaba por aquí, muy buen aporte sobre como registrar un blog ya que es un tema que interesa a muchos. Lo voy a poner en práctica! Muchas gracias.

    Escrito el 22 julio 2014 a las 19:33
    • 2. Literautas dice:

      Gracias, Claudio. Me alegra que te sirva de ayuda.

      Un abrazo

      Escrito el 22 julio 2014 a las 20:02
  2. 3. José Torma dice:

    Muchas gracias Iria, me pongo a estudiarlo detenidamente.

    Saludos

    Escrito el 22 julio 2014 a las 19:49
    • 4. Literautas dice:

      Gracias a ti por la sugerencia. 😉

      Un abrazo

      Escrito el 22 julio 2014 a las 20:01
  3. 5. Vanessa dice:

    Hola. Yo ya me registré en Safe Creative hace mucho, pero la versión gratuita sólo registra quince entradas. Para los que estamos en números rojos, ¿habrá alguna alternativa en lo que nos podemos cambiar a la versión de pago?

    Escrito el 22 julio 2014 a las 19:57
    • 6. Literautas dice:

      Lo único que se me ocurre es que, en lugar de un registro automático, juntes mensualmente todas las entradas en un documento y las registres así… O las entradas que falten hasta las 15 que te permite. 🙂

      Escrito el 22 julio 2014 a las 20:01
  4. 7. Wolfdux dice:

    Muchas gracias por la entrada, voy a probar.

    Escrito el 22 julio 2014 a las 20:28
  5. 8. José Torma dice:

    Ya hice todo, espero no haberme equivocado, solo el ultimo paso del HTLM me falto, no lo copie.

    “Por último, el código html y la imagen que aparecen en el medio de este mensaje final del registro, son para que puedas incluirlos en algún lugar de tu blog a modo de información para que todos los lectores sepan que tu sitio está registrado en safe creative bajo ese código. Nosotros, por ejemplo, lo hemos colocado como un enlace de texto en el pie de esta página.”

    Lo podre hacer despues?

    Saludos y gracias otra vez

    Escrito el 22 julio 2014 a las 21:31
    • 9. Literautas dice:

      Si quieres volver a tener el código, entra en la lista de registros automáticos y pulsa en “Editar”. Aparecerá una nueva ventana en la que, abajo a la derecha, verás un link que dice: “Código de validación y etiquetas del feed”. 🙂

      ¡¡Un abrazo y gracias por vuestros comentarios!! 😀

      Escrito el 23 julio 2014 a las 08:14
  6. 10. Miranda dice:

    Gracias Iria, es muy interesante la explicación práctica de Registrarse. Seguramente lo ponga en práctica pronto.
    Pero realmente ¿que garantías proporciona al autor?.
    Quiza en el próximo post.
    Estas haciendo una labor estupenda.
    Y aprovecho para felicitarte por los dialogoss. Me encanta el material

    Escrito el 22 julio 2014 a las 23:56
  7. 12. Pato Menudencio dice:

    Gracias Iria y Tomeu. Les haría un queque por la información.

    Escrito el 23 julio 2014 a las 03:20
    • 13. Literautas dice:

      Gracias a ti. 🙂

      Un abrazo

      Escrito el 23 julio 2014 a las 08:18
  8. 14. José Torma dice:

    yo ahora tengo el problema de que son mas de 20 posts. WordPress no tiene info sobre como combinar posts, asi que se me ocurre mandar los mas viejitos a otro blog y poner una liga y solo dejar los diez mas recientes jaja… 60 euros esta totalmente fuera de mi presupuesto jeje

    gracias por el aporte una vez mas.

    Escrito el 23 julio 2014 a las 19:11
  9. 15. jorge dice:

    Muchas gracias Literautas, saludos!!

    Escrito el 24 julio 2014 a las 15:39
  10. 16. jorge dice:

    Hola, por favor, no encuentro la forma de pegar “Registrado en Safe Creative”, ni el enlace… Si me pueden ayudar, lo agradezco, saludos!

    Escrito el 24 julio 2014 a las 23:45
  11. 17. Anna Lopez dice:

    Yo hace un tiempo que estoy registrada. Tengo el registro automático por feed, tal como explicas, y funciona perfecto.
    Mis dudas se refieren a los diferentes tipos de registros que ofrecen. La info que facilitan desde safe creative al respecto es un lío (a no ser que seas abogado) y al final no sabes que permisos dar y cuales restringir. Quiero decir que está claro que “todos los derechos reservados” es la máxima protección, pero después, ¿que le sigue? ¿permitir compartir?/¿permitir descargar?/…
    A lo mejor estoy pidiendo demasiado pero ¿vosotros no podríais hacer una chuleta para los que no sabemos de leyes, donde se viera la graduación de esos permisos?
    Muchas gracias por vuestro trabajo.
    Felicidades por el blog. Es estupendo.

    Escrito el 25 julio 2014 a las 15:04
  12. 18. Juan dice:

    ¡Muy buenas! Gracias por el post. Es muy útil. Me surge una duda: la restricción a 15 post es para “todos los derechos reservados”, pero si se cambia el tipo de “protección”… ¿pueden ser más?
    Saludos

    Escrito el 27 julio 2014 a las 13:28
  13. 19. Anathema Device dice:

    ¿A la fuerza hay que pagar para que no salga tu nombre? -.-

    Escrito el 29 julio 2014 a las 00:14
  14. 20. Jona dice:

    ¡Excelente Blog! No suelo dejar mensajes cuando visito distintos tipos de páginas, sin embargo, debo admitir que fueron más fuertes mis ganas de felicitarte y decir que si antes ya tenía ganas de escribir mi propia novela, con lo que he leído en estos dos días en tu blog me parece que me pondré manos a la obra muy pronto.
    ¡Saludos desde el otro lado del planeta!, leeré cada una de las publicaciones que ya existen y estaré atento a cada una de las que vayas agregando…
    Saludos.

    Escrito el 29 julio 2014 a las 06:44
  15. Yo registré mi blog antes de haber leído esta entrada y me costó un poquito. Pero a mi me aparece que no puedo registrar más de 10 por mes. Por otro lado, me inquieta saber, cuál es el tipo de licencia más adecuado.

    Escrito el 2 agosto 2014 a las 16:40
  16. 22. Lucine Darelsen dice:

    Tengo una duda, ya he validado mi registro y he colocado la etiqueta de Safe Creative. Es necesario que siga teniendo el código de verificación en mi blog, o puedo quitarlo?
    Es que lo puse en la cabecera y queda un poco feo

    Escrito el 6 agosto 2014 a las 11:14
  17. 23. José Torma dice:

    Lucine, yo ya lo quite y funciona perfecto. La restriccion a 10 entradas hace que seamos mas cuidadosos a la hora de postear, ya que un micro relato de 3 renglones, cuenta como una entrada. Ayer subi mi primera publicacion del mes y se registro sin problemas.

    Gracias Literautas por poner oido a los Literautas. Un abrazo y que ya terminen las vacaciones por favor!!!

    Escrito el 7 agosto 2014 a las 16:38
  18. 24. Mont dice:

    Este post me ha servido de muchísima ayuda, la verdad. Debería haberlo hecho hace siglos. Pero nunca es tarde 🙂

    Escrito el 9 agosto 2014 a las 20:48
  19. Hola!
    Muy buen Articulo!

    Esta bueno leer sitios con recursos de calidad.
    Hay mucho de los mismo dando vueltas.
    Gracias y me comprometo a pasar seguido

    Saludos

    Escrito el 12 agosto 2014 a las 20:52
  20. 26. Carla dice:

    Hola,
    muchísimas gracias por este artículo. Siguiendo vuestros pasos he registrado mi blog, que acabo de abrir (de hecho por el momento sólo tengo una entrada).
    Por cierto, enhorabuena por el blog. Acabo de descubriros y creo que vendré a menudo.
    Un abrazo!

    Escrito el 14 agosto 2014 a las 15:48
  21. 27. Luna Canela dice:

    Acabo de realizar el procedimiento y sólo queda pendiente la verificación. Muchas gracias por esta información que es tan importante, útil y práctica.

    Escrito el 4 septiembre 2014 a las 21:45
  22. 28. jaime castillo dice:

    es un artículo importante porque brinda la oportunidad de conocer una herramienta de primer orden para un escritor nove, para que empiece a ser visto, y escuchado en la red.

    Escrito el 12 septiembre 2014 a las 04:31
  23. 29. Valery dice:

    Muchas gracias ¡es justo lo que necesitaba! 🙂

    Escrito el 5 octubre 2014 a las 05:19
  24. 30. Kenoa Gessle dice:

    Hola, perdón mi ignorancia, pero hice el registro del blog, pero no veo que se actualicen las entradas que voy publicando. No debería ser automático? solo me figura la primer entrada que realice de prueba y el resto no aparece. Cómo se actualiza? Muchas gracias
    Saludos

    Escrito el 27 abril 2015 a las 17:56
  25. 31. anónimo dice:

    Hola

    Acabo de registrar dos canciones, pero si quiero elegir el tipo de licencia “Todos los derechos reservados”, me dice que sólo puedo usar 15 de éstas, por lo que ya me quedan 13 y en ningún lado dice que son 15 por mes… ¿Crees que sean solo 15?

    Saludos

    Escrito el 11 mayo 2015 a las 12:13
  26. 32. Teresa dice:

    Hola:

    Lo primero de todo, gracias por este post, soy nueva en esto de registrar y llevo más de un mes volviéndome loca y tu post paso a paso me ha ayudado mucho.

    Mi duda, como ya han comentado por ahí arriba es sobre la limitación de 15 entradas.
    En mi caso suelo publicar unas dos veces al mes, por lo que en unos ocho meses ya no podría subir más. Además ya he ido subiendo entradas (de momento solo las compartía con gente de confianza :-)) y ya tengo 15.

    Por lo que la solución que se me ocurre es borrar todas las entradas y así publicar desde cero. Pero aún así, dentro de ocho meses tendría el mismo problema, mi pregunta es ¿Hay opción de registrar por un lado mi blog, y por otro lado un archivo con todos textos que tengo escritos hasta la fecha para que así al subirlos al blog ya estén registrados?

    Espero que tu que ya usas save creative, y sabes cómo funciona me puedas ayudar.

    Mil gracias de antemano. Saludos.

    Escrito el 25 agosto 2015 a las 18:30
  27. 33. Literautas dice:

    Kenoa, sí debería ser automático, pero para ello has de validar tu blog en la cuenta de Safe Creative, tal y como explicamos en la entrada. ¿Lo has hecho? Si ya lo has hecho y sigue sin funcionar, te recomiendo que contactes con el soporte de Safe Creative, a ver si pueden explicarte lo que ocurre: https://www.safecreative.org/contact

    Teresa y anónimo, el límite es para diez entradas al mes, quince en total para “todos los derechos reservados”. Puedes registrar más si lo haces con una licencia Creative Commons, por ejemplo. Antes no había un límite, se ve que lo han cambiado. Para registrar más obras tienes que pasarte a una cuenta de pago. A mí personalmente me compensa porque me quita trabajo y me sale más económico que registrar mis obras en el Registro de la Propiedad Intelectual, como hacía antes. 🙂

    Un abrazo y gracias por vuestros comentarios

    Escrito el 7 septiembre 2015 a las 12:38
  28. 34. Paola dice:

    Hola

    He conseguido hacerlo y par mí es todo un logro!
    Una única pega: en el blog me sale una imagen de safe ENORME!! y no sé cómo reducirla. ¿Alguien puede ayudarme? Gracias

    Escrito el 30 enero 2017 a las 13:30
  29. 35. Ezequiel dice:

    Buenas!

    Estuve intentando realizar todos los pasos, pero cuándo hago el Primero: Feedburner, luego no sé cuál es la dirección URL del RSS (que me lo piden en el Tercer Paso). ¿Cómo puedo averiguarla? Cuando hice lo de Feedburner me dice que espere 24 a 48 hs… pero cómo sé la dirección que me van a brindar o que ya obtuve (quizás).

    El Paso dos ya lo tengo hecho.

    Mil gracias a quién me pueda responder.

    Saludos!

    Escrito el 24 abril 2017 a las 17:58
  30. 36. Ariadna dice:

    Me dice que necesito una cuenta profesional. Cuando me meto en registros automatizados me pone eso, no me aparece nada de feed de obras. Ayuda porfa.

    Escrito el 10 septiembre 2019 a las 18:56
  31. ¡Muchas gracias por la guía! ha sido de mucha ayuda.

    Escrito el 25 septiembre 2023 a las 10:56

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